ASESORIA FISCAL - Contable

Estos servicios son prestados por Licenciados en Económicas y Empresariales, Asesores Fiscales, Contables, Auditores y Censores Jurados de Cuentas:
Le ofrecemos un servicio de Asesoría Fiscal y Contable altamente cualificado, en un área de vital importancia para el desarrollo y optimización de los diferentes recursos de la empresa, ajustándolo a la realidad de sus necesidades.

Desde nuestra experiencia como asesores fiscales y contables profesionales, somos conscientes y además podemos comprobar que en los últimos tiempos las modificaciones legislativas en aspectos fiscales y contables son constantes lo que obliga a las empresas a externalizar estos servicios de suma importancia.

SERVICIOS QUE OFRECEMOS:

  • Altas y Bajas de empresas en el I.A.E

  • Recepción y contabilización de facturas.

  • Declaraciones de I.V.A (modelo 303/390).

  • Declaraciones de pagos a cuenta del IRPF (modelo 130).

  • Declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta procedentes de arrendamientos (modelo 115).

  • Declaraciones informativas (modelo 180).

  • Declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347).

  • Sociedades (Modelo 200).

  • Elaboración de informes: Balance de sumas y saldos, Balance de situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, relación de facturas emitidas y recibidas, libro diario y mayor…

  • Elaboración de libros contables.

  • Elaboración de cuentas anuales.

Otros servicios que ofrecemos:

  • Constitución de sociedades.

  • Cambios en la sociedad (modelo 036).

  • Ampliaciones de capital y venta de participaciones.

  • Altas en el Registro de Operadores Intracomunitarios (R.O.I) y en su caso presentación de la declaración de operaciones intracomunitarias (modelo 349).

  • Redacción de convocatorias a Juntas.

  • Gestionamos y redactamos los escritos necesarios para atender cualquier notificación o requerimiento de Hacienda o cualquier otro organismo.

  • Libros necesarios para las empresas (libros de Socios, libro de Actas…)

Elaboración de contabilidades:

Dependiendo del tipo de contabilidad, ya bien sea de Sociedades, Estimación Directa o Estimación Simplificada

*Actividades de carácter mercantil:

Nuestra asesoría fiscal y contable confecciona la contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio (libros diarios, de inventario y cuentas anuales), así como la legalización de los mismos en el Registro Mercantil impresos o mecanizados y telemáticamente.
Asesoramos a la empresa en las dudas que puedan surgirle en cuanto a la contabilización de ciertos apuntes que por su complejidad sean de difícil ejecución, para el caso de empresas que llevan la contabilidad en sus propias oficinas, y luego nos la remiten a nosotros para su control y comprobación

*Actividades empresariales que no tengan carácter mercantil:

Confeccionamos los libros de ingresos o ventas, gastos y compras y el libro de bienes de inversión.

 

*Actividades profesionales:

Los libros obligatorios son: libros-registro de ingresos, de gastos, de bienes de inversión y de provisión de fondos y suplidos.

*Liquidaciones de impuestos

Nos encargamos de la confección y presentación telemática de las declaraciones del IVA e IRPF, Impuesto sobre Sociedades y sus correspondientes pagos fraccionados, así como las Declaraciones Informativas de Iva (Resumen Anual modelo 390), IRPF, Retenciones de Alquileres (Resumen anual modelo 180), y Declaración Anual de Operaciones con terceros ( Modelo 347).

*Legalización de Libros Contables

En nuestra asesoría fiscal en Jerez nos encargaremos de confeccionar los libros de contabilidad más comunes como el libro diario, el de inventario y cuentas anuales para legalizarlos en el Registro Mercantil, o bien su presentación vía telemática de dichos libros oficiales

*Preparación de libros oficiales

Confeccionamos los libros fiscales obligatorios referidos al IVA e IRPF:
*Libro registro de facturas emitidas. De ingresos y Ventas
*Libro registro de facturas recibidas. De compras y Gastos
*Libro registro de bienes de inversión.
*Libro de Provisión de Fondos.

*Confección y depósito de Cuentas Anuales

Presentamos las cuentas anuales que deberán ser formuladas por los administradores en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio. Una vez formuladas y aprobadas por la Junta General de Accionistas, nuestros expertos de la asesoría fiscal procederán a su depósito telemático en el Registro Mercantil correspondiente.